Puestos de trabajo reservados a los ciudadanos del país
Los países de la UE pueden reservar determinados puestos de trabajo del sector público para sus propios ciudadanos. Esto constituye una excepción a la regla general de la libre circulación de los trabajadores y, por lo tanto, debe interpretarse de manera restrictiva.
- Solo pueden quedar reservados los puestos que impliquen la participación directa o indirecta en el ejercicio de la autoridad pública y de tareas destinadas a salvaguardar el interés general del Estado .
- Esos criterios deben evaluarse caso por caso, teniendo en cuenta las funciones y responsabilidades ligadas al puesto.
Contratación y condiciones de trabajo
Cuando se trate de puestos no reservados, los ciudadanos de otros países de la UE deben recibir el mismo trato en relación con:
- el acceso al empleo (por ejemplo, los procedimientos de contratación)
- las condiciones de trabajo (por ejemplo, la remuneración y la categoría)
- el reconocimiento de la experiencia profesional y de la antigüedad.
Los candidatos a un puesto del sector público en otro país de la UE pueden tener dificultades para que les reconozcan la experiencia profesional y la antigüedad adquiridas fuera de ese país. Sin embargo:
- a la hora de contratar y establecer la remuneración, la categoría y otras condiciones de trabajo, los empleadores del sector público deben tener en cuenta los periodos laborales previos de actividad comparable efectuados en otros países de la UE
- dichos periodos deben recibir la misma consideración que la experiencia profesional y la antigüedad adquiridas en el país de acogida.